"Pack" (exhibición corporal) Delito contra menores de edad.

En la actualidad la gran mayoría de adolescentes tienen acceso a un teléfono con cámara e internet, sumando a ello el acceso a redes sociales, condiciones que hacen muy fácil el intercambio de fotos con exhibiciones corporales, el famoso “pack” es una modalidad potencializada del sexting (textear sobre sexo), es un “paquete” de dos o más imágenes que para intercambiarlas (llamado entre las y los jóvenes “pack”).

 

Lo que muchas jovencitas y jóvenes no dimensionan, son las consecuencias que ello implica, desde exponerse a que sus imágenes anden rodando por todas las redes sociales, hasta ser blanco de trata de personas, extorsiones, y violencia de género.

 

Lo anterior por que nada les garantiza que a quién o quiénes les comparten sus fotos con exhibiciones corporales (pack) no las va a compartir con otras personas o en redes sociales, haciéndolas públicas sin su consentimiento.

 

Peor aún, estamos ante la muy posible comisión de un delito, cuando quien induce a realizar exhibiciones corporales, es un joven mayor de edad, induciendo o solicitándoselo a una joven menor de edad. Bajo este contexto, y previas pruebas de dicha conducta, el joven solicitante o que induce, puede ser DENUNCIADO PENALMENTE, toda vez que constituye una conducta de tipo penal, contemplada y sancionada en el Código Penal del Estado de México y seguramente de las otras entidades federativas, también.

 

Por lo que podría ser sentenciado de 5 (cinco) a 10 (diez) años de prisión.

 

Artículo 204.- Comete el delito contra las personas menores de edad y quienes no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho al que por cualquier medio, obligue, procure, induzca o facilite a una persona menor de edad o quien no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o la capacidad de resistirlo, a realizar las siguientes conductas:

 

 

IV. A realizar a través de cualquier medio y sin fines de lucro actos eróticos o sexuales, así como exhibiciones corporales, lascivas o sexuales, públicas o privadas, será castigado con pena de prisión de cinco a diez años de prisión y de mil a cuatro mil días multa.

 

 

Por lo que esta firma de abogados, les conmina a generar conciencia entre los jóvenes, respecto de los riesgos legales de tal conducta, compartiendo el presente contenido (blog), con sus hijos e hijas menores de edad, así como con padres de menores de edad, para evitar estas conductas, así como para denunciar cuando sean víctimas de tal delito.

 

En espera de que les sea de utilidad la presente información, generada por el Lic. JORGE LUIS MILLÁN MONTES DE OCA, Socio Director de Litigioestrategico.com, estamos a sus órdenes si alguien requiere mayor asesoría o representación para denunciar dicho delito.

 

 

Asesoría legal vía whats app al 55-37078102 o da click aquí  https://wa.link/3vtyr3